Procedimiento para Aprobación de Planes de Trabajo de Titulación MSI - PRL
ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL | Versión: 02 | |
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS NUCLEARES |
Código: DCN-MSIPRL-APT-P-01 | |
PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE LOS PLANES DE TRABAJO DE TITULACIÓN MAESTRÍA EN SEGURIDAD INDUSTRIAL MENCIÓN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
Elaborado: |
Revisado: |
Aprobado: |
Fecha: 24-09-2020 |
Fecha: 29-09-2020 | Fecha: 02-12-2020 |
Marco Legal
No. | Norma | Fecha | Referencia | Artículo | Literal o Numeral |
1 |
Reglamento de Régimen Académico CES (RPC-SO-08No. 111-2019) | 21/03/2019 | TÍTULO IV Investigación formativa en el cuarto nivel | 42 | 4to inciso |
TÍTUTO VI Modalidades de estudio o aprendizaje | 70, 73 |
- | |||
2 |
Reglamento de Régimen Académico de la Escuela Politécnica Nacional (Resolución No. CP 365-2017) |
19/10/2017 | Capítulo XII De la Titulación y Graduación. Trabajo de Titulación en los programas de maestría profesional | 88 | - |
Capítulo XII De la Titulación y Graduación. Opciones de titulación | 90 | - | |||
Capítulo XIII Procedimiento para trabajos de titulación |
95 | - | |||
3 |
Estatuto de la Escuela Politécnica Nacional |
20/09/2018 |
Son deberes y atribuciones del Decano de Facultad | 37 |
j |
Son deberes y atribuciones del Jefe de Departamento | 41 |
e |
4. Siglas y Definiciones
Para los fines de este procedimiento se aplican las definiciones que a continuación se indican:
-
CPTT: Comisión Permanente de Trabajo de Titulación.
-
IES: Institución de Educación Superior
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Director del trabajo o proyecto de titulación: Es el profesor encargado de guiar y orientar en el trabajo al estudiante, así como, controlar y evaluar el avance del trabajo de titulación.
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Maestrando: Estudiante matriculado en la MSI PRL.
-
Modalidades de estudio o aprendizaje: Las Instituciones de Educación Superior podrán impartir sus carreras o programas en las siguientes modalidades de estudios o aprendizaje: presencial, semipresencial, en línea, a distancia y dual (RRA CES, 2019).
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MSI PRL: Maestría Académica con Trayectoria Profesional en Seguridad Industrial - Mención Prevención de Riesgos Laborales.
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PTT: Plan de Trabajo de Titulación
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Plan de Trabajo de Titulación: Documento que permite planificar la investigación aplicada y/o desarrollo; estudios comparados complejos, artículos profesionales de alto nivel, diseño de modelos complejos, propuestas metodológicas avanzadas dirigida al logro de objetivos por medios preestablecidos.
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SI: Sistema de Información Institucional o SII.
5. Políticas
- El Plan de Trabajo de Titulación debe ser elaborado en el formulario “Plan de trabajo de titulación”, Anexo No. 01.
- El Director de un Trabajo de Titulación, de preferencia, deberá tener una formación afín al tema del trabajo, además, debe contar con un título profesional o grado académico al menos igual al que está aspirando el estudiante bajo su dirección.
- El Director de un Trabajo de Titulación podrá ser un miembro del personal académico de la institución, miembro del personal académico de cualquier institución de educación superior o un investigador acreditado por la SENESCYT.
- En el caso de que el Director de un Trabajo de Titulación sea un miembro del personal académico de una institución de educación superior diferente, o investigador acreditado por la SENESCYT, se deberá designar un Codirector que deberá ser miembro del personal académico titular de la EPN.
- Para la revisión de los PTT, la CPTT convocará a un miembro externo a esta, quien deberá tener una especialización afín con el trabajo de titulación. Además, debe contar con un título profesional o grado académico al menos igual al que está aspirando el maestrando.
- La revisión de la Comisión constará con los comentarios pertinentes, sustentado la aceptación o no del plan de trabajo de titulación, en la “Lista de verificación de planes de trabajo de titulación” y las respectivas firmas, Anexo No. 03. Además del PTT revisado (con las observaciones o comentarios insertos en el mismo).
- En un tiempo máximo de 20 días calendario, a partir de la fecha de recepción, la CPTT informará al maestrando la aprobación o no del PTT determinada por la Comisión.
- En caso de que el Comité revisor solicite cambios, el maestrando deberá presentar dichos cambios en un plazo no mayor a 10 días laborales; en el caso de no presentar los cambios solicitados en el plazo estipulado, el Presidente de la CPTT negará el plan. El PTT corregido será recibido en la Secretaría de Posgrados, de igual forma que en la presentación de la primera versión de este.
6. Diagrama de Flujo para la Aprobación del Plan de Trabajo de Titulación
7. Descripción del Procedimiento
APROBACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DE TITULACIÓN | |||
Nro. |
Actividad | Descripción |
Responsable |
1 | Buscar aval de un docente para el PTT | El aval será de un miembro del personal académico de la Escuela Politécnica Nacional o de una IES diferente, así como también de investigadores acreditados por la SENESCYT, quien será propuesto como Director del PTT. | Maestrando |
2 | Elaborar propuesta de PTT | El PTT será elaborado en el formato establecido y entregado en la Secretaría de Posgrados de la Unidad Académica, en medio físico y/o digital, debidamente firmado. Se presentará con la carta de solicitud de revisión del plan (Anexo 2). El archivo digital del PTT será identificado de la siguiente forma: NOMBRES COMPLETOS DEL MAESTRANDO_V1. |
Maestrando |
3 | Registrar propuesta de PTT en SI |
La Secretaria de Posgrados recibirá el PTT y validará que el maestrando cumpla con el 50 % de asignaturas aprobadas, que el PTT se encuentre completo y conforme al formato establecido. Luego, la Secretaria de Posgrados deberá registrar en el SII el PTT, con el fin de que este sea tratado en las sesiones de la CPTT. | Secretaría de Grados |
4 |
Revisar propuesta de PTT |
El Presidente de la CPTT convocará a la Comisión mediante el correo institucional: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. La CPPT y el miembro externo se encargarán de revisar los planes registrados en el SII, por la Secretaria de Posgrados, y establecerán un criterio de: aprobado, negado o pendiente. Así también el Presidente de la comisión registrará en el SII, las observaciones emitidas por la CPTT sobre cada plan tratado. |
CPTT |
5 | Registrar en el SI la negación del PTT | En el caso de que la Comisión establezca que el PTT presentado no sea factible de realizarlo con éxito, el presidente de la CPTT deberá registrar en el SII que el plan se encuentra en estado negado. En este caso, el maestrando deberá presentar un nuevo plan de trabajo de titulación, reiniciando lo descrito en este procedimiento. | CPTT |
6 | Citar al maestrando y Director |
En el caso de que el PTT presentado es factible realizarlo, pero para ello el estudiante debe incluir modificaciones, la CPTT sí así lo considera podrá llamar al director, maestrando y miembro externo, con el fin de solicitar aclaraciones o explicar los cambios que se requieren para que el plan sea aprobado. | CPTT |
7 | Registrar en el SII el PTT como pendiente | En el caso de que el PTT presentado por el maestrante es factible realizarlo, pero para ello se debe incluir modificaciones, el presidente de la CPTT deberá registrar en el SII que el plan se encuentra en estado pendiente. | CPTT |
8 | Registrar en el SII la aprobación del PTT | En el caso de que el PTT presentado es factible realizarlo y no existe observaciones, el presidente de la CPTT deberá registrar en el SII que el plan se encuentra en estado aprobado. | CPTT |
9 | Realizar notificaciones a Director/Codirector y Maestrando | Cuando el PTT ha sido aprobado y registrado en el SII, la CPTT deberá notificar su decisión a la Jefatura del Departamento de Ciencias Nucleares, Autoridad de la Unidad Académica. La Autoridad notificará la aprobación al Director, maestrando y codirector, de ser el caso. | CPTT |
10 | Aperturar expediente de grado | A partir de la aprobación del PTT, la Secretaria de Grados deberá aperturar el expediente de grado, con el fin de ir recopilando la documentación necesaria para el proceso de declaración de aptitud y graduación. | Secretaría de Grados |
11 | Verificar y actualizar datos en el SII | A partir de la aprobación del PTT el maestrando deberá verificar y actualizar los datos en el SII, y completar de ser el caso la documentación necesaria para el proceso de declaración de aptitud y graduación. | Maestrando |
8. Anexos
Anexo 1. Plan de trabajo de titulación.
Anexo 2. Formato de solicitud.
Anexo 3. Lista de verificación de planes de trabajo de titulación.
Anexo 2. Formato de solicitud.
Anexo 3. Lista de verificación de planes de trabajo de titulación.
9. Historial De Revisión
No. Versión |
Fecha |
Descripción del Cambio |
Realizado por |
1.0 |
24/09/2020 |
Creación del documento |
MSc. William Villacis |
2.0 | 01/12/2020 | Emisión del documento en concordancia con procedimiento institucional. | MSc. Jady Pérez |